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Plataforma de Ayuda y por el Trato Ético en las TIC

Enviado por Cesar:

Nos obligan a varios compañeros que estamos en el mismo proyecto que esta a punto de terminarse, a firmar una ampliación de nuestro contrato según el cual se incluye una clausula que nos prohibe trabajar para ningun cliente de la empresa durante 1 año. ¿Esto es legal?

Se denomina una clausula de no competencia o no concurrencia y si, es legal pero con matices.

Este tipo de clausulas son habituales en el caso de por ejemplo directivos o trabajadores implicados en tecnologias exclusivas y/o confidenciales para evitar que sean fichados por la competencia, en ocasiones tambien pretenden usarlos las cárnicas para evitar que otra empresa lider en el sector se haga con tu puesto y te subroguen o que te los saltes y entres en la plantilla del cliente directamente perdiendo su tajada.

El matiz está en que esa clausula se paga, por lo que para que sea legal la empresa debe pagarte un plus, mensual o anual de exclusividad, no concurrencia, no competencia o cualquiera que sea la clausula que te hayan impuesto. Si ese plus no está en tu nómina, el valor de la misma es nulo.

Si por alguna razón te saltases esta clausula, lo habitual es que la empresa te intente amedrentar con su departamento legal u otro asustaviejas similar. La realidad es que el unico motivo por el que hacen esto es para intentar que el trabajador se eche atras, ya que si el asunto sigue adelante y se llega a juicio la empresa nunca va a ganar si no te han pagado ese complemento.

En resumen: Si te proponen esta clausula, debes negociar antes de firmar la cuantía del plus que deben abonarte y en caso de que no exista este, es indiferente que lo firmes o no ya que es ilegal y no pueden obligarte a cumplirlo.

En el caso particular que nos planteas, parece que la cárnica quiere evitar que la nueva empresa que se haga con ese cliente fiche a su personal.

Enviado por Alonso

Como trabajo media jornada mi jefe me ha dicho que solo me corresponden 12 días de vacaciones, la gente que esta a jornada completa tienen 22. Es cierto?

Segun convenio te corresponden 23 días laborables de vacaciones independientemente de tu jornada.

Otro tema será que no lleves un año completo en la empresa y te devenguen los dias de vacaciones que hayas generado. El cálculo es de 2,5 días por mes trabajado en caso de que en tu empresa se computen por días naturales o 1,91 días por mes en caso de que se computen como laborables.

Si estas en esa situación, 12 días de vacaciones corresponderian a 6 meses en la empresa, independientemente de la duración de tu jornada.

Enviado por Enrique.

Acabo de empezar hace unos días en una nueva empresa pero las condiciones no son las que me habían prometido.

Tengo otra oferta mejor pero no sé si es ético irme con tan poco tiempo.

 

El periodo de prueba es mutuo,  del mismo modo que la empresa quiere asegurarse de que eres la persona adecuada para el puesto, tu también debes asegurarte que el puesto y la empresa son adecuados para tí.

Habla con tu responsable y expon las deficiencias que has encontrado. Si no llegais a un acuerdo, presenta la baja voluntaria.

Estos temas deben tratarse con tranquilidad y sinceridad y cuanto antes mejor.

Enviado por Pedro.

Llevo un par de meses en esta empresa y ahora que se acerca el verano me gustaría coger vacaciones pero según mi manager que hasta que no lleve un año no he generado suficientes vacaciones para poder irme. ¿Esto es verdad?.

Las vacaciones que te corresponden están definidas en tu contrato. Lo habitual son 22 días laborables o 30 naturales, aunque en algunas empresas pueden tener algunas mejoras (días de asuntos propios, puentes, días considerados no laborales, festivos en cliente, etc).

En base a lo que tengas estipulado, por cada mes trabajado has generado derecho a vacaciones, para 30 días naturales correspondería a 2,5 días por mes trabajado.

De esta manera si tendrías derecho a vacaciones aunque un número de días determinado.

Es probable que según las necesidades del proyecto, sea costumbre coger las vacaciones en bloques mayores a las que tienes derecho. Intenta negociarlo.

Enviado por Jesús

Me están absorbiendo la antigüedad, es legal?

 

Me temo que no hay una respuesta a esto a fecha de hoy, hay sentencias a favor y sentencias en contra, por lo que no hay nada concluyente.

Lo que si puedes hacer es una reclamación de cantidades respecto a esa antigüedad cuanto antes. La reclamación de cantidades solo puede hacerse sobre deudas generadas durante el ultimo año, por lo que si este tema tarda en aclararse mas de 1 año, solo podrás solicitar los últimos 12 meses. Pero si ya hay una solicitud anterior, podrás solicitar hasta una año antes de la fecha de esa reclamación.