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Plataforma de Ayuda y por el Trato Ético en las TIC

Via UGT:

El pasado viernes 23 de febrero, finalmente, la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social nos contestó a la Mesa Negociadora en los siguientes términos:


“Visto el texto del XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública que fue suscrito, con fecha 20 de diciembre de 2017, de una parte por la Asociación Española de Empresas de Consultoría (AEC) y la Asociación Nacional de Empresas de Investigación de Mercados y de la Opinión Publica (ANEIMO) en representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación Estatal de Servicios de Comisiones Obreras (CC.OO.-Servicios) y la Federación Estatal de Ser-vicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT) en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

  • Primero: Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora
  • Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.”


En unos 20 días el convenio estará publicado en el Boletín Oficial del Estado, y será a partir de entonces cuando, como determina el Convenio, las empresas tendrán 4 meses para proceder a la reclasificación profesional, y para la aplicación de las nuevas tablas salariales y pago de atrasos.


Nota de PATETIC: nuevas tablas salariales y pago de atrasos, que cachondos.